14 al 25 de abril 2020
Transcurre abril de 2020 y la provincia de Salta atraviesa
las primeras semanas del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto
ante la emergencia sanitaria de la COVID-19. En este contexto, el Ministerio de
Gobierno provincial promulga el Decreto 255/2020, una disposición de excepción
que otorga amplias facultades discretionales a las fuerzas policiales para
intervenir y sancionar los incumplimientos del confinamiento. La implementación
de esta norma desencadena de inmediato una profunda controversia jurídica y
política, convirtiéndose en el epicentro de un agudo enfrentamiento en el campo
de los derechos humanos local.
Ante la amenaza de que el Decreto 255 siente un precedente
sumamente regresivo en materia de garantías constitucionales, el bloque
mayoritario de los organismos de derechos humanos organiza un frente de
resistencia institucional. Bajo la coordinación de la referente Nenina Lescano
y el abogado Rodrigo Sola, y con el respaldo decisivo de entidades de alcance
nacional como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Liga
Argentina por los Derechos del Hombre, las organizaciones articulan una demanda
colectiva de inconstitucionalidad. La estrategia de este espacio combina la
presentación judicial formal con la confección de una nómina de casos
documentados de abusos policiales para demostrar el impacto lesivo de la medida.
Asimismo, la red busca ejercer una fuerte presión mediática para desacreditar
la norma y forzar su caída sin aguardar los dilatados tiempos procesales de la
Corte provincial. Dentro de esta táctica, la consigna del bloque es subordinar
cualquier reunión con autoridades gubernamentales —como el ministro Posada— al
ingreso previo del recurso en los tribunales, garantizando así que los
colectivos mantengan el control del ritmo político.
En abierta disonancia con esta lógica de confrontación
judicial y mediática, Fernando Pequeño Ragone, al frente de la Asociación
Miguel Ragone, adopta una postura diferenciada centrada en el diálogo
institucional directo con el Poder Ejecutivo. Pequeño Ragone promueve la
apertura de canales de comunicación con los funcionarios del Ministerio de
Gobierno, sosteniendo una visión superadora que busca evitar la demonización a
priori de las fuerzas de seguridad en el marco de la crisis socio-sanitaria.
Desde su perspectiva, reducir a la institución policial a la condición
exclusiva de órgano represivo resulta inadecuado en un escenario donde los
efectivos desempeñan tareas operativas indispensables para la contención
territorial de la pandemia.
Esta posición desencadena una severa impugnación política,
ética y doctrinaria por parte de la red de organismos. Las intervenciones de
Lescano cuestionan con dureza a Pequeño Ragone, acusándolo de actuar con
individualismo, de romper la unidad de acción y de concebir el diálogo
únicamente hacia las autoridades estatales en lugar de priorizar a sus propios
compañeros del campo popular. El quiebre se profundiza cuando la dirigencia
tradicional condena las manifestaciones públicas de Pequeño Ragone en favor de
la jefatura policial y califica sus posturas de "reaccionarias". Para
el frente de derechos humanos, equiparar las vivencias de los efectivos
policiales con el padecimiento de las víctimas del terrorismo de Estado y de
los familiares de detenidos-desaparecidos constituye una reactivación
inaceptable de la "teoría de los dos demonios". Asimismo, se le
reprocha el uso personal del capital simbólico de su abuelo, el exgobernador
desaparecido Miguel Ragone, recordándole que la memoria de dicha figura
pertenece a un proyecto colectivo histórico y no a una trayectoria individual.
De este modo, el conflicto en torno al Decreto 255 en abril
de 2020 evidencia dos lecturas contrapuestas sobre el Estado y la militancia:
por un lado, una trinchera colectiva que apela a la judicialización, el
registro de la violencia institucional y la vigilancia doctrinaria; por el
otro, una propuesta de mediación ejecutiva que busca incidir mediante el
diálogo con las autoridades, provocando la fractura definitiva dentro del
movimiento de derechos humanos en Salta.
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